La entrada en vigor de la ley gallega de transparencia y buen gobierno atribuye a la actual valedora nuevas funciones de vigilancia y control del cumplimiento, por parte de las administraciones de Galicia, de los principios de publicidad activa y del derecho de la ciudadanía de acceso a la información pública.

 

Santiago de Compostela, 7 de marzo de 2016. Hoy entró en vigor a Ley 1/2016, do 18 de enero, de transparencia y buen gobierno que, en su capítulo V, regula los mecanismos de control necesarios para el cumplimiento de las obligaciones de transparencia, y atribuye a la institución del Valedor do Pobo nuevas responsabilidades en esta materia. La norma implica doblemente a la institución del Defensor del Pueblo al atribuirle las funciones propias del Comisionado de Transparencia y al adscribirle la denominada Comisión da Transparencia como órgano colegiado independiente que resolverá las reclamaciones relacionadas con los problemas de acceso a la información pública.

Desde este momento, y como Comisionado de Transparencia, corresponderá a la institución del Valedor do Pobo investigar posibles incumplimientos en los que puedan incurrir los poderes públicos en el desarrollo de sus deberes de publicidad activa de información pública, bien la iniciativa propia o por denuncia de la ciudadanía.

La Comisión de la Transparencia se encargará, por su parte, de la tramitación de las reclamaciones ciudadanas que aludan la posibles vulneraciones del derecho de acceso a la información pública. Las resoluciones propuestas por el Valedor sólo podrán emitirse, en este caso, previa audiencia de la Comisión. Ésta nace como un órgano colegiado adscrito a la defensoría e integrado por su titular y su adjunto, como presidenta y vicepresidente, respectivamente; y por cuatros vocales en nombre de la Dirección Xeral da Avaliación de Reforma Administrativa, el Consello de Contas, el Consello Consultivo y la Fegamp.

La valedora, Milagros Otero, contactó las últimas semanas con cada uno de los representantes de las instituciones que compondrán la Comisión, con el objeto de agilizar los nombramientos para que este órgano quede constituido el antes posible. En cuanto las entidades resuelvan sus designaciones por los pertinentes procedimientos internos, se celebrará una primera reunión constitutiva de la Comisión da Transparencia. A criterio de la defensora, hace falta abordar en estos primeros encuentros, cuestiones relativas al funcionamiento del órgano tales como la periodicidad de las reuniones, sedes o suplencias de representantes. Es intención de la futura presidenta comenzar a trabajar desde el primer momento y diseñar, por medio de este órgano, mapas de procedimiento, formularios de reclamación, una identidad propia, espacio web, planes de actuación, etc.

Con la entrada en vigor de la ley autonómica de transparencia, la valedora, Milagros Otero Parga, quiere ofrecer toda a su colaboración a los representantes públicos que deberán asumir nuevos deberes, con el esfuerzo que supone hacerlo. Desea mostrar un firme compromiso con la transparencia y la puesta en funcionamiento de esta ley gallega, que considera imprescindible para el ejercicio de un gobierno más responsable y, ante todo, más participativo.

Nuevas funciones en materia de supervisión de las administraciones públicas

Como institución Comisionada da Transparencia, la actual valedora do pobo asume desde ya mismo las siguientes funciones:

  1. RESPONDER A CONSULTAS: dar respuesta a las consultas que, con carácter facultativo, le sean formuladas por las administraciones e instituciones públicas afectadas por la ley.
  1. RECOMENDAR: adoptar recomendaciones para el mejor cumplimiento de las obligaciones legales en materia de transparencia y buen gobierno, oída la Comisión da Transparencia.
  1. ASESORAR: asesorar en materia de transparencia del derecho de acceso a la información pública y buen gobierno.
  1. INFORMAR por medio de una doble vía: emitir informes previos sobre proyectos de ley o de reglamentos en materia de transparencia y buen gobierno (oída la Comisión da Transparencia) e incluir en el informe ordinario anual del Valedor do Pobo al Parlamento de Galicia un epígrafe específico sobre la aplicación y cumplimiento de la ley gallega de transparencia.
  1. VIGILAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE PUBLICIDAD ACTIVA: Efectuar, por iniciativa propia o por medio de denuncia, requerimientos para la enmienda de los incumplimientos que se puedan producir de las obligaciones establecidas en materia de publicidad activa previstas en la ley.
  1. PUBLICITAR: el informe anual que el Valedor do Pobo presente en el Parlamento de Galicia  se pondrá a disposición de la ciudadanía en la web institucional y en el portal autonómico de transparencia y gobierno aberto.

LaComisión da Transparencia, por su parte, nace como órgano colegiado independiente adscrito a la institución del Valedor do pobo y con la siguiente función específica:

RESOLVER las reclamaciones frente a las resoluciones de acceso a la información pública.

 

Preguntas que se puede hacer la ciudadanía

Con el nuevo marco normativo y, a la espera de la creación de los órganos pertinentes y sus respectivos procedimientos, se da respuesta a alguna de las preguntas que puede hacerse la ciudadanía desde este momento.

¿Que hacer en el caso en el que solicite información la alguna administración pública gallega y ésta:no contesta| contesta pero falta información |no se está conforme con la respuesta?

Puede reclamar ante la Comisión da Transparencia

¿Qué debo incluir en mi reclamación?

Su escrito, que debe llegar firmado, debe incluir obligatoriamente su nombre completo, un correo electrónico o dirección postal y una breve explicación acerca del problema detectado en el ejercicio de su derecho de acceso a la información pública.

En esta información deberá especificar las fechas del ocurrido, el nombre del organismo, o unidad administrativa afectada y el lugar donde se produjeron los hechos.

Puede acercar cuanta información documental considere relevante para poder tramitar la reclamación.

¿Dónde reclamo?

La Comisión da Transparencia, pendiente de constitución, habilitará todos los mecanismos pertinentes la este efecto. Como sistema transitorio puede dirigirse:

  1. De modo presencial a la sede del Valedor do Pobo (Rúa do Hórreo 65, Santiago de Compostela)
  2. Puede remitir el escrito de reclamación a esa misma dirección
  3. Entregarlo en un registro público con destino a la defensoría
  4. Enviarla por correo electrónico a transparencia@valedordopobo.gal

¿Cuándo reclamo?

Tiene un plazo de un mes desde el día de la resolución por parte del organismo afectado.

¿Cuánto tarda la Comisión en resolver la reclamación?

Un prazo máximo de tres meses. Si no se realiza en ese plazo, se entenderá la reclamación como desestimada por la Comisión da Transparencia y sólo impugnable en vía contencioso-administrativa.

¿Qué hacer en el caso en que detecte que alguna administración gallega no está a cumpliendo con sus obligaciones de publicidad activa de transparencia?

Puede denunciarlo ante el Valedor do Pobo que actúa como Comisionado da Transparencia, donde el expediente será tramitado por los cauces habituales.

1.Por internet: por medio del formulario web disponible en www.valedordopobo.gal

Por correo electrónico dirigido a rexistro@valedordopobo.gal ou valedor@valedordopobo.gal

Por fax al número: 981 572 335

Por carta dirigida a: Valedor do Pobo. Rúa do Hórreo 65. 15700 Santiago de Compostela

En persona, sin cita, en esa misma dirección en horario de 9-14 e 16-19 horas.

¿Qué información debo aportar?

El escrito deberá responder como mínimo a las siguientes cuestiones: contra que órgano de la Administración de la Comunidade Autónoma, ayuntamiento, entidad o empresa pública desea presentar su queja y cuál es el motivo de la misma.